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contrato temporal de obra o servicio determinado

¿Qué es / Cuándo el contrato de obra o servicio determinado?

El objeto de este tipo de contratos es la realización de una obra o un servicio determinado, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta.
Los convenios colectivos sectoriales estatales y de ámbito inferior, incluidos los convenios de empresa, podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza.

Derechos y Obligaciones:

El contrato por obra o servicio determinado podrá celebrarse a jornada completa o a tiempo parcial, podrá establecer un período de prueba y siempre debe hacerse por escrito haciendo constar lo siguiente:

Carácter de la contratación.
Tiempo de vigencia.
Trabajo a desarrollar.
Identificación suficiente de la obra o servicio.

El empresario está obligado a comunicar el contrato al servicio público de empleo, a informar por escrito al trabajador de los elementos esenciales del contrato cuando la relación laboral dure más de 4 semana, y a entregar a los representantes de los trabajadores la copia básica del contrato.

El trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que los contratados por tiempo indefinido, también a efectos de retribución salarial, independientemente de los pluses por antigüedad. A su vez, el trabajador contratado bajo esta modalidad tiene derecho a que el empresario le informe de los puestos vacantes.

Tiempo / Duración del contrato de obra o servicio determinado:

La duración del contrato será la del tiempo necesario para la realización de la obra o servicio. A su vez, no puede tener una duración superior a 3 años ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, el trabajador adquirirá la condición de trabajador fijo en la empresa.
Si ejecutada la obra o servicio, el trabajador continúa sin que se rescinda su contrato, éste se considerará prorrogado por tiempo indefinido, salvo que el empresario pueda probar la temporalidad de la prestación.

Finalización. ¿Cuándo finaliza el contrato de obra o servicio determinado?

Se extinguirá por las causas normales para los demás contratos, o bien, por la realización de la obra o servicio para el que fue concebido, previa comunicación al trabajador con una antelación mínima de 15 días si el contrato hubiera tenido una duración superior a un año. Si no se cumpliese dicho preaviso, ello dará lugar a una indemnización a favor del trabajador equivalente al salario correspondiente a los días de incumplimiento.

¿Qué indemnización me corresponde al terminar el contrato de obra o servicio determinado?

8 Ocho días de salario por año de servicio, o la cuantía que se fije de forma específica en la normativa. Los períodos de tiempo que no lleguen al año serán cuantificados de forma proporcional.

 

Consultas legales frecuentes:
Me han despedido sin haber finalizado obra o servicio, el período de prueba dura lo mismo que el contrato, cuándo finaliza la obra o servicio, finalización de la contrata, cambio de condiciones en contrato de obra, contrato sin hacer la obra o servicio determinado.