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los pluses y complementos de trabajo

¿Qué son los pluses y complementos?

Son remuneraciones específicas al trabajador/a, al margen del salario base, en función del tiempo o características del trabajo que desarrolla. Estos se regulan en los convenios colectivos y también pueden establecerse en los propios contratos de trabajo.

Según el Estatuto de los Trabajadores, los complementos salariales vinculados al puesto de trabajo y los fijados en relación con la situación y resultados de la empresa no tendrá el carácter de consolidables, a no se que se acuerde lo contrario.

Los complementos salariales relativos a las condiciones personales del trabajador, o al trabajo realizado, son consolidables si se pacta que así lo sean.

Tipos y clases de pluses y complementos:

Plus por antigüedad: Es una remuneración adicional en atención al tiempo que el trabajador/a está prestando sus servicios a la misma empresa. El cómputo debe empezar cuando el trabajador/a ingrese en la empresa en cuestión, aun cuando fuera en virtud de contrato temporal.

Plus de nocturnidad: El trabajo nocturno tiene una retribución específica que se regula en el convenio colectivo aplicable, a no ser que el propio salario se haya calculado ya teniendo en cuenta que el tipo de trabajo es nocturno o se compense el mismo por descansos.

Plus de Penosidad, toxicidad y/o peligrosidad: Se tendrá derecho al plus cuando el trabajo se desarrolle en condiciones de riesgo superiores a los normales de su trabajo, aunque la existencia de varios riesgos simultáneos de este tipo en un mismo puesto de trabajo no genera el derecho a percibir estos complementos más de una vez. La percepción de este plus no significa que la empresa deje de lado las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Plus de turnicidad: Este complemento tiene como finalidad compensar la incomodidad que implica los cambios de turno en los puestos de trabajo de esta naturaleza.

Primas e incentivos: Hay de diversas clases, pudiendo distinguir entre aquellas en las que el trabajador ha influido de forma directa con su rendimiento, plus por objetivos, y aquellas que se determinan en función de la productividad o beneficios de la empresa (participación en beneficios o resultados, stock options, etc.)

Idiomas, título y/o conocimientos adicionales: Se remuneran de acuerdo con lo dispuesto en el convenio colectivo aplicable, y tienen su fundamento en los especiales conocimientos de un trabajador/a para el puesto de trabajo en cuestión.

En especie: Son remuneraciones no dinerarias, siendo las más habituales las siguientes: residencia o vivienda, vehículos, dispositivos móviles u otros objetos tecnológicos (portátiles, tabletas, etc.), cesta navideña/navidad.

 

Consultas legales frecuentes:
No tengo antigüedad y otros trabajadores sí, me han quitado la antigüedad al ceder los trabajadores a otra empresa, me han quitado los pluses, ¿dietas o plus por manutención y gastos?, hacienda me reclama tributar por la valoración del coche de empresa, trabajo de noche y no tengo plus de nocturnidad, ¿cuál es mi convenio colectivo?, reclamar los complementos.