derechos reservados

contratación de trabajadores/as extranjeros

Introducción:

Dos tipos: Trabajadores comunitarios (UE) y trabajadores extracomunitarios.

Para los trabajadores comunitarios, en principio, es suficiente con la identificación a través del pasaporte o la tarjeta de identidad nacional. Quienes permanezcan en España durante más de 3 meses deben solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

Trabajadores comunitarios: alemanes, belgas, daneses, españoles, luxemburgueses, portugueses, franceses, griegos, holandeses, irlandeses, italianos, ingleses, austriacos, finlandeses, suecos, búlgaros, letones, lituanos, chipriotas, malteses, eslovacos, eslovenos, polacos, rumanos, estonios, checos, húngaros, islandeses, liechtensteinianos y noruegos.

Existe la posibilidad de reservar o restringir la libre circulación de ciudadanos comunitarios en determinadas circunstancias de empleo, seguridad y salud pública.

Ahora analizaremos la situación de los trabajadores extracomunitarios:

Requisitos:

Los extranjeros extracomunitarios tienen que tener autorización de residencia y trabajo. En el plazo de un mes desde su entrada, deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero como autorizado para residir y trabajar en España.

Procedimiento y documentación:

El procedimiento para la contratación de trabajadores extracomunitarios debe realizarse antes de que el trabajador se desplace a España. El empresario debe presentar una solicitud de autorización de residencia y trabajo ante el registro competente de su provincia, adjuntando oferta de empleo o contrato de trabajo y demás documentación económica.
En el artículo 53 del Real Decreto 2393/2004 se establecen las causas de denegación de la autorización.

La autorización de residencia y trabajo por el procedimiento ordinario tendrá una duración de 1 año. La renovación debe solicitarse en el plazo de 60 días previos a la fecha de expiración de la vigencia.

Autorizaciones / tarjeta de residencia y trabajo:

-Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
-Trabajadores transfronterizos.
-Trabajos transnacionales.
-Estudiantes e investigadores.
-Situación de residencia legal en España.
-Residencia y trabajo por arraigo.
-Contingencias, por medio de visado.

 

Consultas legales frecuentes:
sanción / multa por contratar extranjeros sin documentación, soy extranjero y quiero tramitar tarjeta de residencia y trabajo, me han denegado permiso de trabajo, me han denegado la renovación, ¿qué debo hacer para contratar a un trabajador extranjero?