la dimisión
- Requisitos y condiciones
- Indemnización
- Derecho a paro o prestación por desempleo
- Consultas legales frecuentes
Requisitos y condiciones:
El estatuto de los trabajadores establece que el contrato de trabajo se extingue por dimisión del trabajador/a, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar. No es necesario alegar causa o justificación de la dimisión.
La resolución del contrato surte sus efectos en la fecha señalada por el trabajador/a en el preaviso.
Indemnización:
No existe indemnización. Ahora bien, el trabajador/a sí debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la empresa cuando en el contrato de trabajo se hubiese establecido un plazo de permanencia, y éste no hubiese sido respetado.
Derecho a paro o prestación por desempleo:
Al ser una decisión unilateral del trabajador/a manifestando su voluntad de dejar su puesto de trabajo, no se puede considerar como situación legal de desempleo. Por ello, en este caso no se tiene derecho a paro o prestación por desempleo.
Consultas legales frecuentes: dimisión o abandono de puesto por escrito, ¿con cuánto tiempo tengo que avisar a mi empresa de mi dimisión?, dimití y quiero revocar mi decisión, ¿cómo puedo dimitir en un contrato temporal?, marcharme a otra empresa, ocupar el puesto de personas que han dimitido, no aceptan mi dimisión, ¿cuáles son tus derechos si dimites?