derechos reservados

las vacaciones anuales

¿A cuántos días de vacaciones tengo derecho como trabajador/a?

Como mínimo tiene derecho a 30 días naturales al año, que pueden ser ampliados a más días en convenio colectivo o en el contrato de trabajo.
Dentro de los 30 días naturales se incluyen los días festivos y los correspondientes a descanso semanal.
El trabajador/a que no haya prestado sus servicios a la empresa durante todo el año, tendrá derecho a los días de vacaciones que proporcionalmente le correspondan en relación con el tiempo trabajado.

¿Cuándo tengo derecho a coger o disfrutar las vacaciones?

El período o períodos de su disfrute se fija de común acuerdo entre la empresa y el trabajador/a, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador/a debe conocer las fechas que le corresponden al menos con 2 meses de antelación a que comiencen.
Cabe la posibilidad de partir las vacaciones, siempre que uno de los períodos dure al menos 2 semanas seguidas.

Pago de las vacaciones:

La retribución se abona antes de las vacaciones, y debe incluir todos los conceptos salariales con el promedio de las comisiones en su caso, pluses e incentivos de producción. No se incluyen las horas extraordinarias ni las percepciones extrasalariales.

Requisitos y limitaciones:

No se pueden sustituir las vacaciones por compensación económica, ni dineraria ni en especie. Tampoco se pueden acumular de un año para otro, por ello su disfrute es anual y caducan a la terminación de éste.
Las sanciones disciplinarias no pueden implicar una reducción del período anual de vacaciones.

 

Consultas legales frecuentes:
vacaciones pagadas, solo tengo una semana de vacaciones, baja laboral antes de empezar las vacaciones, incapacidad durante las vacaciones, vacaciones en navidad, diciembre y enero, no pagadas, nunca puedo elegir las fechas de mis vacaciones, fraccionadas o partidas, empresa sin calendario laboral, trabajar en vacaciones para otra empresa.