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los permisos en el trabajo

¿Qué son los permisos laborales?

Son ausencias del trabajador/a sin pérdida de empleo ni sueldo.

Requisitos:

El trabajador/a tiene que avisar y justificar a la empresa el permiso que pretenda.

Tipos de permisos laborales y duración / días libres o para librar:

El trabajador/a tiene derecho a los siguientes días y por los siguientes motivos:

-15 días naturales por matrimonio / para casarse.

-2 días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 4 días.

-Por adopción y acogimiento: 16 semanas en el caso de menores de 9 meses o de 6 semanas en el caso de que el niño sea mayor de 9 meses y menor de 5 años. El permiso puede ser disfrutado por la madre o el padre.

-1 día por traslado del domicilio habitual / mudanza.

-6 horas a la semana durante el preaviso de 30 días para buscar otro empleo en caso de despido objetivo.

-Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.

-Por embarazo, el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
Y después del parto, 1 hora al día por lactancia del hijo menor de 9 meses, que puede dividirse en dos fracciones de media hora. 

-Por el tiempo que sea necesario para exámenes académicos. Los trabajadores/as que cursen estudios tendrán preferencia para elegir turno dentro de la empresa.

-Para asuntos propios. Son permisos que suelen establecer los convenios colectivos de 1 o más días que el trabajador/a tiene derecho a coger sin necesidad de justificar el motivo o causa para la cual se ausentan del trabajo. También pueden establecerse en el contrato individual.

-Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo.
Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, hay que estar a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborables en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia.
En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

 

Consultas legales frecuentes:
me he ausentado sin preaviso, sin avisar, retribución de los permisos, me los descuentan de la nómina, acumular varios permisos, fallecimiento de tío, en mi empresa no hay asuntos propios y en el convenio aplicable sí, la empresa no me da días de permiso aunque luego los recupere, pedir permisos restando días de vacaciones.