contratación de trabajadores/as menores de edad
- Requisitos
- Jornada de trabajo
- Descanso semanal / Fin de semana
- Horas extraordinarias voluntarias
- Consultas legales frecuentes
Requisitos:
Ser menor de 18 años emancipado por matrimonio o de hecho.
El menor de 18 años no casado ni emancipado necesitará para poder contratar la autorización de sus padres o representantes legales, la cual podrá ser expresa o tácita.
Los trabajadores menores de 16 años no pueden trabajar excepto en espectáculos públicos previa autorización de la autoridad laboral.
Jornada de trabajo:
La jornada laboral de los trabajadores menores de 18 años, incluyendo en su caso el tiempo de formación, no puede ser superior a 8 horas. Tampoco cuando trabaje para varios empleadores.
Además, en la jornada continuada de más de 4 horas y media, el trabajador menor tiene derecho a un descanso mínimo de 30 minutos.
Descanso semanal / Fin de semana:
2 días seguidos de descanso sin interrupción a la semana.
Horas extraordinarias voluntarias:
Los trabajadores menores de 18 años no pueden hacer horas extraordinarias voluntarias.
Consultas legales frecuentes: sanción / multa, inspección de trabajo por menores de edad, menor de edad sin contrato, mis padres no quieren que trabaje, contrato de trabajo a menor sin autorización de sus padres, autorización para prórroga de contrato, contrato indefinido o temporal, mi jefe no respeta el descanso semanal.